Febrero 2018
A partir del 22 de febrero y hasta el 2 de marzo, durante el 167 periodo de sesiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humamos -CIDH-, se realizarán 9 audiencias públicas entre las que se encuentra la de “Negocios y derechos humanos: aportes para la elaboración de las directrices americanas”, que tendrá lugar en Bogotá, el día 2 de marzo. El objetivo de esta audiencia es la recepción, por parte de la CIDH, de insumos para la construcción de lineamientos americanos sobre el tema, a cargo de su Relatora Especial sobre Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales. Es de resaltar que la sesión que tendrá lugar en la capital colombiana marcará el 70 aniversario de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, adoptada en esta misma ciudad en 1948.
Es relevante señalar que en los años posteriores a la Declaración, y hasta nuestros días, las empresas transnacionales han adquirido un desmesurado poder a partir de, entre otras herramientas, los Tratados Comerciales conocidos como Tratados de Libre Comercio -TLCs-, los Tratados Bilaterales de Inversiones, la transnacionalización y externalización de la producción, la creación de estrategias y mecanismos de control de las instituciones y decisiones internas de los Estados y de elusión de cualquier tipo de responsabilidad fiscal, social, laboral y ambiental. No obstante los derechos proclamados, existen importantes vacíos específicamente en la protección de los derechos humanos, como consecuencia del accionar y la responsabilidad directa o indirecta de las transnacionales. La CIDH ha documentado ampliamente violaciones a los derechos humanos como consecuencia del accionar de empresas, a través de informes temáticos y su sistema de peticiones/casos individuales y medidas cautelares.
Con ocasión de esta importante sesión convocada por la CIDH, las comunidades, movimientos y organizaciones sociales latinoamericanas e internacionales abajo firmantes presentamos nuestra solicitud a la Comisión para que se tengan en cuenta los llamados de justicia frente a las sistemáticas violaciones a los derechos humanos, y la destrucción ambiental que han sido perpetradas por los actores corporativos, violaciones flagrantes de los instrumentos interamericanos que han sido denunciadas por los pueblos de las Américas y el Caribe ante la misma CIDH. En Latinoamérica y el Caribe la transnacionalización de la economía y las vulneraciones de derechos humanos por transnacionales están cobrando cada vez mayor fuerza.
Como organizaciones y comunidades afectadas presentamos nuestra certeza probada frente a la insuficiencia de mecanismos como las normas voluntarias y Principios Rectores sobre las empresas transnacionales y otras empresas, que desde la Organización de Naciones Unidas -ONU- han sido impulsados sin que hasta la fecha hayan generado un impacto positivo en la protección de los derechos humanos; por el contrario, dichos principios han contribuido al fortalecimiento de la arquitectura de la impunidad que cobija al poder corporativo, y desconocen la soberanía de los pueblos y los principios democráticos.
Nos asalta la preocupación frente a los reiterados intentos de diversos actores, entre ellos la ONU y las corporaciones transnacionales, por mantener las normas voluntarias como mecanismos de regulación de las acciones empresariales, cuando no se busca a través de esas normas la sanción de las empresas que infringen los derechos humanos, ni se establecen normas jurídicamente vinculantes para dichas empresas. Por ello, nos preocupa que la apuesta reciente de los Estados de la región apunte a mecanismos como los Planes Nacionales de Acción, los cuales siguen sin aportar garantías para el respeto de los derechos de las comunidades, los trabajadores y los pueblos indígenas, en su conjunto afectados por la operación empresarial.
Teniendo en cuenta la audiencia de la CIDH sobre negocios y derechos humanos, y analizando la falta de mecanismos efectivos de reparación y sanción, y la impunidad que se mantiene y amplía frente a los crímenes sistemáticamente cometidos por las empresas transnacionales y otras empresas en América Latina y el Caribe, solicitamos a la Comisión tomar en cuenta este llamado de los pueblos y las organizaciones de derechos humanos, en favor de la adopción de normas de carácter vinculante y mecanismos efectivos de prevención, reparación, rehabilitación y garantías de no repetición, para evitar que este tipo de situaciones se perpetúen con la complicidad de algunos Estados y organismos multilaterales.
Quienes suscribimos esta comunicación impulsamos desde los movimientos sociales, organizaciones y comunidades de base, la construcción de un instrumento internacional jurídicamente vinculante para empresas transnacionales y derechos humanos, a través del cual las víctimas tengan acceso efectivo a la justicia y a la remediación, así como garantías de no repetición, y sea posible determinar la responsabilidad jurídica de las empresas transnacionales por violaciones de derechos humanos cometidas directa o indirectamente a través de sus operaciones a lo largo de todas sus cadenas de producción y de valor. Hemos participado activamente de las tres sesiones del grupo de trabajo intergubernamental sobre las empresas transnacionales y otras empresas comerciales con respecto a los derechos humanos, que se han desarrollado en Ginebra, Suiza, desde el año 2015. Tenemos la convicción de continuar aunando esfuerzos para garantizar el respeto de los derechos conquistados y el cuidado de los territorios y de las/os defensores/as de la vida que continúan siendo reprimidos, criminalizados, desplazados y asesinados en la disputa que las transnacionales han creado por el control de las tierras, las aguas, y en general el patrimonio natural y los bienes comunes de los pueblos.
Confiamos en que la Relatora DESCA de la CIDH sabrá valorar la insuficiencia de los mecanismos encarnados en las normas voluntarias y los principios rectores, al momento de elaborar el informe sobre empresas y derechos que le ha sido encomendado, y en su labor de identificar criterios para desarrollar marcos jurídicos normativos americanos en lo referido a las empresas y los derechos humanos.
También esperamos que el trabajo de cientos de organizaciones, movimientos sociales y comunidades afectadas por la acción criminal de las transnacionales, que expresamos en el proceso de elaboración del Tratado Vinculante, sea la principal herramienta valorada por la Comisión como verdadera construcción democrática, con participación amplia de las/os afectados por las transnacionales y otras empresas, y con el impulso del grupo de trabajo intergubernamental que ha tenido en cuenta la necesidad de alcanzar la justicia con imparcialidad y reconociendo que la impunidad reinante y la destrucción de la vida deben parar para beneficio y dignificación de los pueblos y sus territorios.
Por lo anterior urgimos a la Relatora:
* Adelantar las directrices americanas como normas vinculantes, en paralelo al proceso de negociación del Tratado Vinculante en la ONU, dialogando con sus contenidos que representan un avance hacia la superación de las normas voluntarias y Principios Rectores, y buscando la responsabilidad jurídica de las empresas transnacionales a lo largo de todas sus cadenas de valor.
* Reconocer la importancia del fuerte movimiento de derechos humanos de las Américas, haciendo de esta elaboración de lineamientos un proceso con participación efectiva por parte de las comunidades afectadas, de los movimientos sociales, de las organizaciones de derechos humanos y otras organizaciones de la sociedad civil.
* Evitar cualquier retroceso frente a los avances normativos logrados por la CIDH y que están siempre en función de la protección y garantía de los derechos humanos y colectivos de nuestros pueblos.
* Tener especial cuidado en la legitimidad y transparencia de la/s persona/s que dirijan cualquier intento normativo en este campo, pues experiencias anteriores nos han demostrado la importancia de contar con imparcialidad e independencia frente a las empresas y sus intereses. Es importante que sea primordialmente un proceso intergubernamental y que no se lo encomiende solamente a ‘expertos’ en la materia. En este sentido, es importante evitar a toda costa la cooptación de este proceso por parte de los actores corporativos interesados.
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