Las Asociaciones Público-Privadas (APP) se han promovido a nivel mundial como la solución para que los Estados puedan suplir necesidades de infraestructura y servicios públicos con la participación del sector privado. Latinoamérica no ha sido ajena a la implementación de este esquema de participación privada, el cual se ha impulsado principalmente como la solución a la brecha de infraestructura que sufre la región. Por lo tanto, gracias al impulso y apoyo técnico que ha dado la banca multilateral en la región, principalmente el Banco Mundial (BM) y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), los países han ido mejorando su marco normativo e institucional para implementar este esquema.

En ese sentido, mediante el presente documento se abordarán los marcos normativos que Colombia, Perú y Brasil han venido adoptado de forma paulatina, desde mediados de la década del 2000 con el fin de implementar el esquema de APP, profundizando en su publicidad, en la tipología contractual y en la flexibilización de normas sociales y ambientales. Posteriormente, se analizará la asignación de riesgos y las obligaciones adquiridas por las partes para hacerle frente a estos. Como tercer punto se estudiará la contraprestación que reciben los socios privados en las APP y el financiamiento de estos proyectos, haciendo énfasis en el papel de los fondos de pensión.

El análisis del esquema en Argentina dista del de los otros tres países, debido a que allí la norma sobre financiación público privada del 2005 en Colombia, Perú, Brasil y Argentina tuvo poco o nulo desarrollo durante los anteriores Gobiernos. Por lo tanto, fue solo bajo el actual Gobierno que el país adoptó en el 2016 un nuevo marco normativo de APP, el cual al momento de realizar este documento no contaba todavía con la debida reglamentación ni con la suficiente experiencia para equiparar este esquema de vinculación de capital privado con los otros tres países. Sin embargo, se observarán algunos pormenores y novedades dentro del marco normativo de Argentina, así como los avances en mecanismos de seguimiento y transparencia de los proyectos y la forma en la que se realizará contraprestación a cargo del Estado dentro de los contratos de APP.

En cuanto al marco normativo, se identificarán las normas que en cada país regulan las APP y los pormenores procesales que estas aportaron, con el fin de identificar puntos en común y diferencias entre los países objeto de este estudio, En este aparte también se estudiará la tipología contractual, pues aunque existen diferencias en cuanto al tipo de contrato que son posible en Colombia, Brasil y Perú, hay similitudes en la finalidad de estos. Por último, es importante identificar normas que se han flexibilizado con el fin de incentivar la inversión privada a pesar de los efectos negativos que este ejercicio trae principalmente para las comunidades y el ambiente.

En cuanto a la asignación de riesgos, se indica que a diferencia de lo que la retórica ha señalado sobre las APP, la asignación objetiva es un principio más no un fin del esquema, lo cual nos lleva a plantear el objetivo de este ejercicio, al reconocer que la verdadera finalidad de las APP es la atracción de capital privado, tanto para ejecutar los proyectos como para financiarlos. Asimismo, se observará cómo la asignación de riesgos conlleva a la asunción de obligaciones, que de no ser cumplidas adecuadamente pueden acarrear cuantiosos desembolsos a cargo del presupuesto público, normalmente no asumidos por este sector, y cómo las obligaciones adquiridas con el fin de administrar un riesgo pueden afectar políticas públicas en temas ambientales y sociales.

En este documento también se identificarán los pormenores de la contraprestación de la que es acreedor el socio privado, la cual solo se realiza si el objeto contratado cuenta con los niveles de servicios y estándares de calidad contratados. En cuanto a la financiación, el sector privado, según 7 Estudio comparativo en la implementación de las Asociaciones Público-Privadas (APP) en Colombia, Perú, Brasil y Argentina otros estudios, es el que más invierte en la infraestructura, sin embargo, para lograr esto el Estado debe crear normas o flexibilizar normas existentes con el fin de que la banca privada invierta más en este sector. Adicionalmente, el Estado también suele prestar su musculo financiero para que estos proyectos se lleven a cabo. Finalmente, los fondos de pensión se ven también involucrados en este proceso de financiamiento arriesgando grandes capitales de los cuales depende el futuro de muchos trabajadores. Por último, se pretende dar una visión global de la implementación de este esquema en los cuatro países con el fin de entender un poco más esta figura y algunos de sus efectos. Por tal motivo en las conclusiones se proponen algunos temas que deben ser replanteados en cuanto a la implementación de las APP, como lo sería la vulneración de derechos colectivos, la flexibilización de normatividad en materia ambiental, el costo de las APP, la transparencia y la participación ciudadana en la planificación de estos proyectos.

Estudio comparativo implementacion asociaciones publico privadas APP Colombia Peru Brasil Ecuador agosto 2017