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Asociación Ambiente y Sociedad celebra la decisión de la Corte Constitucional de Colombia que prohíbe la minería en los páramos del País, fallo trascendental para la protección de nuestros páramos pues se calcula una gran que por lo menos 12 millones de hectáreas estas zonas estratégicas para el país estarían siendo afectadas por la explotación minera.
Este lunes la Sala Plena de la Corte Constitucional, tras estudiar demandas contra el Plan Nacional de Desarrollo, declaró inexequible el artículo 173 de la Ley del Plan que permitía la actividad minera y de hidrocarburos en los páramos del país cuando tuvieran como base títulos expedidos antes del 2010 en el caso de minería, o 2011 si se trataba de hidrocarburos. El alto tribunal declaró que, pese a la existencia de estos títulos prevalece el derecho al medio ambiente sano y no el derecho adquirido.
Frente a esta decisión, Asociación Ambiente y Sociedad, como organización que trabaja por la defensa y promoción del medio ambiente y los derechos humanos, junto con AIDA radicaron el año pasado ante la Corte Constitucional, un amicus en respaldo a la acción judicial instaurada por la Cumbre Agraria, Campesina, Étnica y Popular con relación precisamente al parágrafo primero del artículo 173 de la Ley 1753 de 2015-Ley del Plan Nacional de Desarrollo.
Tal como lo afirmamos la disposición contenida en el citado artículo vulneraba varias previsiones sobre protección de riquezas culturales y naturales de la Nación; 58, sobre función ecológica de la 2 propiedad; 79, sobre derecho a gozar de un ambiente sano; 80, sobre planificación y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y control del deterioro ambiental, y 333, sobre los límites de la actividad económica en función del interés común. Además, contradecía las obligaciones del Estado derivadas del Convenio Marco de Cambio Climático, la Convención de Ramsar sobre Humedales de Importancia Internacional y del Convenio de Diversidad Biológica, y desconocía los estándares internacionales en Materia de Participación ciudadana ambiental.
Tras la decisión, confiamos en que la protección de los páramos se fortalezca e instamos a toda la opinión a reconocer el valor que tiene los páramos como ecosistemas estratégicos.
Sentencia C-035 de 2016 que protege los páramos y la autonomía territorial