
Por: Vanessa Torres, candidata a magíster en estudios sobre sustentabilidad. Subdirectora de Ambiente y Sociedad.
El caso de “los 11 de Jericó” resonó a nivel nacional al conocerse recientemente el fallo emitido por el juzgado promiscuo municipal de Jericó en el departamento de Antioquía. En este se rechaza la solicitud de medida de detención preventiva solicitada por la Fiscalía frente a la imputación de diferentes cargos, como hurto calificado, daño en bien ajeno, entre otros; en contra de 11 campesinos que juntos a otros miembros de la comunidad impulsaron una acción pacífica en defensa ambiental de su territorio.
Este caso recuerda aquella batalla legendaria de David contra Goliath, en donde la minera AngloGold Ashanti demandó a estos 11 defensores del ambiente, debido al desmonte y entrega voluntaria a la policía de una plataforma minera encontrada en uno de los predios privados ubicados en una zona de protección ambiental. Esta zona, además, está reconocida al interior del Esquema de Ordenamiento Territorial de Jericó como suelo rural que está destinado por ley a la protección de recursos naturales y ecosistemas estratégicos; en este caso, de las fuentes hídricas.
Resulta clara esta analogía dado el rol de poder que han tenido históricamente las empresas extractivas en Colombia, el cual les ha permitido a algunas de ellas incumplir sistemáticamente nuestro marco normativo en materia ambiental, generando impactos sociales y ambientales.
Un conflicto de varios años
Si bien el caso ha resonado recientemente, es importante destacar que este conflicto socioambiental tiene varios años. En 2021, mediante el Auto 9023, en este caso se hizo la instalación de una plataforma de minería pese a que la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, mediante Auto 9023 de 2021, archivó el trámite de licencia ambiental del proyecto minero Quebradona, que sería implementado en Jericó.
A esto se suma que la comunidad ha sido vehemente y clara en manifestar su rechazo al proyecto (a través del lema “Agua sí, mina no”). Desde que se conoció el interés de la empresa de solicitar esta licencia ambiental, en Jericó han reiterado su total rechazo y preocupación por la posible contaminación de fuentes hídricas y afectación de ecosistemas claves para la vida local, como el río Cauca, el río Piedras y quebradas que abastecen a los más de 14 mil habitantes del municipio.
Resulta entonces desconcertante cómo, pese a esta postura comunitaria públicamente conocida y al archivo de la licencia solicitada por parte de la ANLA, la empresa AngloGold Ashanti insiste con este propósito, por medio de una instalación de infraestructura minera en un predio privado que, además, es propiedad de quien fue en su momento alcalde del municipio.
Esta situación debe llevarnos a una profunda reflexión sobre el accionar del sector privado en estos casos en los que, aunque están ampliamente documentados los impactos sociales y ambientales que se generarán con la implementación de proyectos extractivos, las empresas impulsan acciones de control territorial mediante la instalación de plataformas, la construcción de vías y otras actuaciones cuestionables e incluso violentas.
Criminalización, Acuerdo de Escazú y un plan de acción
Si bien el fallo que permite a “los 11 de Jericó” continuar el proceso en libertad es esperanzador, no podemos omitir que continúa siendo una batalla completamente desigual, que comenzó con la omisión de requisitos normativos en materia ambiental para continuar impulsando intereses económicos particulares en determinados territorios y continuar silenciando la voluntad popular de defensa ambiental del territorio.
En Colombia es común que se utilicen mecanismos judiciales para mermar directamente los liderazgos ambientales por medio de demandas y procesos que no solo implican un desgaste económico o emocional de manera individual, sino que también impactan a la comunidad unida en torno a la protección del agua y de la vida.
Es importante recordar que desde el año 2024 Colombia ratificó el Acuerdo de Escazú,una herramienta poderosa para respaldar las voces de aquellas personas que, como “los 11 de Jericó”, en su día a día y por la conexión que han construido en comunidad con la naturaleza, impulsan su cuidado y protección de forma pacífica.
No olvidemos que este el Acuerdo de Escazú es el primer tratado a nivel mundial que garantiza (
mediante su artículo 9) la protección de las personas defensoras del ambiente, convirtiendo en una obligación para los Estados garantizar entornos seguros y propicios para el ejercicio de defensa ambiental, actividad que en nuestro país sin duda es de alto riesgo.
De acuerdo con la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas entre 2016 y 2024 han sido asesinadas 248 personas defensoras de derechos humanos en asuntos ambientales.
Con el reconocimiento de esta obligación para los Estados, el Acuerdo de Escazú abrió la discusión sobre otras acciones en contra de las personas defensoras del ambiente y en primera línea de defensa que si bien no llegan al extremo de acabar con su vida, sí impactan directamente su rol de liderazgo y su vida en comunidad. Este es precisamente el escenario que enfrentan “los 11 de Jericó”, quienes enfrentan un proceso de criminalización y judicialización, en el cual por medio de de una o varias demandas penales y ataques reputacionales, se busca silenciar procesos comunitarios de defensa del ambiente y el territorio.
Actualmente en el marco de implementación del Acuerdo de Escazú se cuenta con un Plan de Acción para Personas defensoras de derechos humanos en asuntos ambientales, el cual desarrolla cuatro ejes que buscan integrar los escenarios de riesgo que enfrentan las personas defensoras del ambiente en América Latina y el Caribe.
La construcción de este plan de acción en 2023 fue un proceso participativo en el que por primera vez en un escenario regional se integró a un instrumento de carácter vinculante la perspectiva de cuidado y prevención de las mismas personas que se encuentran en primera línea de defensa.
El Plan de Acción fue aprobado durante la tercera Conferencia de las Partes del Acuerdo de Escazú en 2024 y cuenta con cuatro ejes:
- Conocimiento: mediante el cual se busca generar y difundir información sobre la situación de las personas y los instrumentos existentes para garantizar sus derechos;
- Reconocimiento, mediante el cual se busca reconocer públicamente la labor de las personas defensoras del ambiente;
- Fortalecimiento de capacidades y cooperación en apoyo a la implementación a nivel nacional del Plan y el eje de
- Evaluación y seguimiento del Plan de Acción: que contempla el seguimiento y revisión de este Plan para su cumplimiento efectivo.
Hoy en día y gracias a un trabajo arduo de monitoreo por parte de la sociedad civil, pueblos étnicos, comunidades locales, la voluntad política de los Estados que lideran este proceso y la coordinación de la secretaría del Acuerdo, existe un plan de trabajo con actividades específicas a cargo de los Estados para cumplir con esta herramienta. Desde Ambiente y Sociedad venimos aportando técnicamente a esta construcción y sumando voces de personas defensoras fortalecimiento un escenario participativo y clave para la prevención de violencias en torno a la defensa ambiental.
Esto resulta clave para países como Colombia en donde, si bien contamos con un aparato estatal enfocado en la protección de los defensores de derechos humanos, no funciona de manera adecuada al no incorporar un enfoque diferencial.
Es clave que las personas defensoras del ambiente, como “los 11 de Jericó”, tengan claridad sobre cómo el Estado va a asumir su responsabilidad frente a la implementación del Acuerdo de Escazú y, más específicamente, frente a este plan de acción. Es aquí donde el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y la Unidad Nacional de Protección deben liderar este trabajo de manera urgente articulando entidades y carteras necesarias para su funcionamiento efectivo.
El Estado colombiano tiene una deuda histórica con las personas defensoras del ambiente que han sacrificado su vida, tranquilidad e inclusos sus esferas personales al asumir la protección de ecosistemas estratégicos y quienes por la ausencia de capacidad institucional se encuentran en situaciones vulnerables por los intereses económicos de pocos.
Teniendo en cuenta que este gobierno entra próximamente en una fase de cierre, como Ambiente y Sociedad hacemos una llamado de urgencia para el cumplimiento efectivo a la sentencia C-359 de 2024 por medio de la cual la Corte Constitucional declara constitucional el Acuerdo de Escazú y en este mandato establecer acciones concretas para garantizar el plan de implementación del Plan de Acción de personas defensoras del ambiente.
El cumplimiento efectivo del Acuerdo y de este instrumento garantizará escenarios justos y sin riesgo de criminalización para procesos de defensa ambiental como el impulsado en Jericó y aporta a la construcción de un escenario real de justicia ambiental y social en Colombia.
*Una versión de este texto
apareció primero en La Silla Vacía.