Durante la visita de Estado que el presidente de Colombia, Gustavo Petro, hizo a su homólogo, Gabriel Boric, en Santiago de Chile a principios de mes, se conoció que ambos países se habían unido para pedirle a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), una opinión consultiva sobre cuál es el alcance que tienen los estados en cuanto a sus obligaciones sobre derechos humanos relacionados con la emergencia climática. Una consulta que, además, tildaron de inédita. El documento de la solicitud aún no es público, pero los equipos de prensa tanto de Chile como de Colombia han revelado parte de su corazón.
“Ambos países viven el desafío cotidiano de lidiar con las consecuencias de la emergencia climática, incluyendo la proliferación de sequías, inundaciones, deslaves e incendios, entre otros. Dichos fenómenos ponen de manifiesto la necesidad de responder de manera urgente y sobre la base de los principios de equidad, justicia, cooperación y sostenibilidad, con un enfoque de derechos humanos”, se lee en uno de los párrafos del documento. En él, los países argumentan, igualmente, que “estas afectaciones al medio ambiente se extienden a lo largo y lo ancho de las Américas y del mundo, generando importantes impactos en los derechos de las personas y poniendo en riesgo a las generaciones futuras”.
¿Pero en la práctica, en qué se traduce esta petición? Como comenta Mauricio Madrigal, director de la Clínica Jurídica Medio Ambiente y Salud Pública de la Universidad de los Andes de Colombia, se podría decir que el origen de esta opinión consultiva es otro documento: la resolución 3 de 2021 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), titulada Emergencia climática: alcance de las obligaciones interamericanas en materia de derechos humanos, en donde se señala que los Estados deben poner los derechos humanos en el centro a la hora de construir políticas para enfrentar el cambio climático, incluyendo las que buscan disminuir las emisiones o el derecho a la información y las obligaciones extraterritoriales. Entonces, en palabras más simples, lo que hicieron Chile y Colombia es pedirle a la Corte IDH que los ayude, tanto a ellos como a otros países, a entender mejor cómo materializar esa resolución. A que les dé una guía.
A través de un correo, Ximena Insunza, investigadora del Centro de Derecho Ambiental de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, explica que ya hay una serie de temas sobre los que se sabe que ambos países buscan obtener una respuesta, como los deberes de prevención y garantía en derechos humanos vinculados a la emergencia climática; la preservación del derecho a la vida y la sobrevivencia frente al tema y las obligaciones diferenciales de los Estados con respecto a los derechos de los niños, las niñas y las nuevas generaciones frente a la crisis climática.
Además, piden ayuda sobre cómo garantizar los procedimientos de consulta y judiciales, las responsabilidades compartidas y diferenciadas entre Estados y la protección a las personas defensoras del medio ambiente, incluyendo a las mujeres, los pueblos indígenas y las comunidades afrodescendientes. Esto, teniendo en cuenta que, según datos de organizaciones como Global Witness, América Latina es la región más mortífera para los líderes ambientales.
“Vale destacar que se trata de una consulta que habla de intersecciones, como con los temas de género o temas étnicos”, agrega Madrigal, quien ya está trabajando con un semillero de investigación para poder darle sus insumos a la Corte, de la cual se espera tener respuesta en alrededor de año y medio. “Además, es importante porque pone por primera vez a [el acuerdo de] Escazú en el centro”, afirma. Pese a que Colombia y Chile fueron de los últimos en aprobar la ratificación de este tratado, los nuevos Gobiernos de ambos países quieren llevar ahora el liderato para su implementación
A pesar de que esta solicitud es importante y clave, Rodrigo Uprimmy, abogado y cofundador de Dejusticia, un centro de estudios jurídicos colombiano, aclara que no es el único escenario en el que se están elevando estas inquietudes. En julio del año pasado, por ejemplo, la República de Vanuatu, en el océano Pacífico, hizo algo similar, pero ante la Corte Internacional de Justicia. “Y varios órganos de comités de derechos humanos en Naciones Unidas, también están mirando el tema del cambio climático con enfoque de derechos humanos”, asegura.
Esto, agrega, es un camino distinto al que se ha tomado en escenarios como las Cumbres de Cambio Climático (COPs) donde se negocia cómo implementar el icónico Acuerdo de París, ya que allí todos los compromisos son voluntarios.
Sobre la respuesta de la Corte IDH
Sobre el alcance que tendrá la respuesta de la Corte IDH se podría decir que aún hay dudas. Uprimmy comenta que en el mundo jurídico hay cierta polémica sobre cómo interpretar la respuesta de una opinión consultiva. Por un lado, están aquellos que lo consideran eso: una opinión. Otros, en cambio, creen que lo que diga será obligatorio por el principio de buena fe en los tratados.
“Sin embargo, hay otra tesis y es la que yo seguiría. Y es que estos criterios que establece la Corte de manera más generales, como respuestas a una opinión consultiva, tienen cierta fuerza jurídica. No son solo una guía que se pueda descartar, ni son obligatorias, sino algo en la mitad: interpretaciones autorizadas o lo que se conoce como derecho blando”, asegura. Lo cierto es que lo que diga la Corte deberá ser, por lo menos, escuchado por todos los países de la región, más allá de Colombia y Chile.