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En junio de 1992, debido a la toma de consciencia sobre los problemas ambientales que afectaban nuestro planeta, representantes de 108 gobiernos y activistas de todo el mundo se reunieron en Río de Janeiro para celebrar la Cumbre sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo. Los jefes de Estado aprobaron la Declaración de Río 92 para establecer una alianza mundial a favor del desarrollo sostenible. En esta Declaración se incluyó el Principio 10 como una norma trascendental que reconoce y promueve los derechos de acceso a la información, participación y justicia en asuntos ambientales.

En el 2012, nuevamente en la ciudad de Río de Janeiro, los presidentes de Latinoamérica y el Caribe ­rmaron la Declaración de la Aplicación del Principio 10, como compromiso para negociar un Acuerdo Regional vinculante que establecerá las normas mínimas para garantizar el derecho de acceso a la información, a la participación ambiental y el acceso a la justicia ambiental. Actualmente, se está negociando este acuerdo con el apoyo de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL).

PRINCIPIO 10 EN COLOMBIA

La Constitución y las leyes colombianas protegen los derechos de acceso a la información, participación y justicia ambiental a través de diferentes normas. Se destaca la incorporación del Principio 10 al ordenamiento jurídico por el artículo 1 de la Ley 99 de 1993 cuando establece que: “El proceso de desarrollo económico y social del país se orientará según los principios universales y del desarrollo sostenible contenidos en la Declaración de Río de Janeiro de junio de 1992 sobre Medio Ambiente y Desarrollo”.

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