
Por Santiago Aldana
Entre el 20 al 21 de abril se realizará la primera Conferencia de las Partes (COP 1) del Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, conocido como Acuerdo de Escazú
Te contamos en qué consiste:
¿Qué es la COP?
La Conferencia de las Partes, es el principal órgano de decisión del Acuerdo de Escazú. La primera COP será convocada por la Comisión Económica para América Latina y el Caribe – CEPAL.
¿Qué temas discutirán las Partes en esta primera COP?
Las Partes discutirán:
(i) las reglas de procedimiento de la Conferencia de las Partes, incluyendo las modalidades para la participación significativa del público (artículo 15.4a*);
(ii) las disposiciones financieras que sean necesarias para el funcionamiento e implementación del Acuerdo (artículo 15.4b*); y
(iii) reglas de composición y funcionamiento del Comité de Apoyo a la Aplicación y el Cumplimiento (artículo 18.1*).
Articulado del Acuerdo de Escazú*
¿Cómo participaran los países que no han ratificado el Acuerdo de Escazú?
Países que han firmado el Acuerdo pero no lo han ratificado, como el caso de Colombia, participarán como observadores. Esto genera que no tenga voto, pero eventualmente, si pide la palabra se le podría otorgar.
¿Cuáles son las apuestas que quiere posicionar la sociedad civil?
Al discutirse en esta COP los mecanismos y modos de participación de sociedad civil, diversas coaliciones regionales han llamado a garantizar una efectiva, inclusiva y diversa participación con mayores estándares, que reconozca y fortalezca prácticas que se llevaron a cabo durante las negociaciones del Acuerdo.
De igual forma, solicitan, entre otros:
i) asegurar un número de cupos por sala igual o mayor al número de estados firmantes; ii) establecer mecanismos para la representación de los pueblos indígenas, de forma paralela y simultánea al resto de la sociedad civil; iii) establecer mecanismos para asegurar una participación representativa, independiente, política y económicamente, de los Estados parte y sus delegaciones; iv) la toma de medidas para asegurar una participación remota significativa y constante, limitando al máximo instancias de decisión virtual a de carácter completamente presencial; v) garantizar mecanismos efectivos de acceso a la información durante las negociaciones y las reglas de procedimiento
¿Cómo se puede participar si soy parte del público?
Si eres parte del público tienes la posibilidad de inscribirte hasta el 13 de abril. Debido a las restricciones de presencialidad en Chile, tanto la participación del público como los eventos paralelos se desarrollarán de manera virtual.
Puedes inscribirte en: https://eventos.cepal.org/event/68/registrations/
Debate sobre virtualidad y garantía de participación
Diversos actores han reconocido que la virtualidad, alternativa acogida por la pandemia, limita la participación efectiva y la fluidez de las negociaciones por las características de estos espacios. A pesar de esto, aún los aforos limitados en ciudades como Santiago de Chile la CEPAL ha decidido que los eventos paralelos convocados por los observadores y las Partes que no puedan asistir por ausencia de recursos puedan participar en la COP de manera virtual.
A pesar de encontrarse esta alternativa, se ha criticado la falta de planeación anticipada y claridad sobre los mecanismos de participación durante este espacio. Tendrá la CEPAL y las Partes la misión de aclarar en las próximas semanas cómo garantizarán en la primera COP coherencia respecto al Acuerdo de Escazú.